martes, 17 de septiembre de 2013

Elecciones: datos de la sinrazón del poder político

Por Aldo Bravo, dirigente del Partido Socialista.
Un padrón electoral de casi 650.000 santiagueños está convocado a votar el mismo día por el Poder Ejecutivo Nacional y por el Poder Ejecutivo Provincial, lo siguiente:
- 3 Senadores nacionales titulares y 3 suplentes;
- 3 Diputados nacionales titulares y 3 suplentes;
-1 Gobernador y 1 vicegobernador;
- 40 Diputados provinciales titulares y 40 suplentes.
Los electores de Clodomira y Atamisqui, además, el mismo día deberán elegir lo siguiente, respectivamente:
- 1 Intendente; 9 concejales titulares y 9 suplentes;
- 1 Intendente; 6 concejales titulares y 6 suplentes.
Es decir, en estas dos ciudades habrá una lista sábana de 6 cuerpos.
Además, en 136 pueblos del interior santiagueño se elegirán el mismo número de comisionados municipales. O sea, aquí la lista sábana tendrá 5 cuerpos. 
Pasando en limpio, el electorado santiagueño queda convocado de este modo:
-26 ciudades de la provincia y su zona rural -exceptuadas sus comisiones municipales- tendrán una lista sábana de 4 cuerpos;
-2 ciudades -Clodomira y Atamisqui- tendrán una lista sábana de 6 cuerpos;
-136 pueblos santiagueños tendrán una lista sábana de 5 cuerpos.
Es cierto que han transcurrido 30 años de vigencia del sistema democrático y se han incluido en el padrón a jóvenes desde los 16 años cumplidos hasta la fecha de las elecciones.
Sin embargo me pregunto: ¿es serio que alguien se exprese al mismo tiempo sobre la realidad nacional, provincial, municipal o local al mismo tiempo? ¿Tiene el pueblo la información suficiente para discernir a quién votar en cada uno de estos escenarios? ¿No es más atinado convocar al pueblo a opinar con el voto separando debidamente cada situación particular?
Obviamente, que es preferible desdoblar las elecciones si es que nos interesa la calidad institucional. Por ejemplo, un feudo provincial parecido al nuestro como la provincia de Corrientes -junto con Santiago las dos únicas provincias que eligen gobernador- convocó a elecciones el día 15 de setiembre para los cargos provinciales.

El desprecio por las instituciones  

Reflexiones sobre la designación de los candidatos santiagueños en cada frente o alianza, y críticas a la lista sábana.
Lo que demuestra cabalmente esta situación es la burda especulación del gobierno provincial. ¿Por qué decimos esto?
Primero, no tuvo la decisión de sancionar a través de sus legisladores adictos la ley para que, al igual que en la Nación y en muchas provincias argentinas, se realicen primarias abiertas para seleccionar los candidatos a cargos electivos provinciales. Si lo hubiese hecho no podría estar especulando con su re-re-elección a pocos días del vencimiento del plazo para presentar candidatos.   
En segundo lugar, porque  en  la  categoría  senadores  nacionales,  primer cuerpo de la lista sábana, el  gobernador  Zamora  se  ubica  como  candidato suplente colocando su foto y  ocultando  deliberadamente  a  los  candidatos titulares. Esto persigue  el efecto arrastre sobre el resto de los cuerpos de la lista  y no permite a los electores distinguir las 3 esferas diferentes que se vota el 27  de octubre.
En el mismo sentido, esto se agravaría aun si se autoriza judicialmente una nueva candidatura a gobernador con lo cual también estaría en el tercer cuerpo de la lista sábana.
Vergüenza ajena me provoca esta situación…
En definitiva, sepa el pueblo santiagueño en qué sociedad quiere vivir…

Zamora habilitado para la “re re

El gobernador Zamora, favorecido por la justicia para la “re re”.
La jueza en lo Civil y Comercial de segunda denominación Andrea Suárez declaró inconstitucional la cláusula transitoria 6° de la Constitución provincial, que impedía la re-reelección.
La magistrada entendió que el primer mandato de Zamora es el segundo período al frente de la gobernación. Suárez falló luego que su par del fuero Andrés Muratore y el Superior Tribunal de Justicia de nuestra provincia se declararon incompetentes para resolver la situación.
Zamora asumió por primera vez en marzo de 2005, y a mitad de año, llevó a cabo una reforma constitucional. En el artículo 152 se estableció que el gobernador y vice “podrán ser reelectos o sucederse recíprocamente, por un nuevo período únicamente”. En la sexta cláusula transitoria subrayó que “el mandato del gobernador de la provincia, en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma, deberá ser considerado como primer período”.