lunes, 7 de enero de 2013

El abuso de la “prisión preventiva” y la “orden de detención”

Por Miguel A. Brevetta Rodríguez.
La Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)  y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), en representación de nuestro país, presentaron  recientemente un informe ante la C.I.D.H. sobre el uso abusivo de la prisión preventiva en las Américas, en el marco de la audiencia temática realizada en Washington en el 146º período de sesiones del organismo internacional.
También participaron representantes de Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, México y Perú.  Al cabo de la audiencia, se elaboraron distintas propuestas tendientes a optimizar  esta situación y se solicitó a la CIDH urgentes medidas para que esta problemática se modifique tomando un rumbo inverso a lo que desde hace décadas viene aconteciendo en los estrados tribunalicios.
El director Ejecutivo de la ADC, señaló que “en la audiencia se puso de relieve la magnitud y el impacto del uso abusivo de la prisión preventiva tanto en la Argentina como en otros países de la región, se hizo especial hincapié en la forma en que dicho uso afecta a grupos y poblaciones vulnerables”. Por ello, todos los representantes americanos compartieron que “los Estados deben garantizar la libertad personal como regla general, y la aplicación de la prisión preventiva debe ser excepcional. Sin embargo, en los países de la región se advierte un uso masivo e indiscriminado de la medida cautelar”.
Muchas fueron las señales argumentales previas a la elaboración del documento, hechos que se manifiestan como verdaderos flagelos en las comunidades  que acusan el  impacto de la mala praxis judicial que desencadena serios perjuicios, a veces irreparables.
Se denunció  que en la actualidad se mantienen altos índices de personas en prisión preventiva sin motivación ajustada a derecho, ni causa aparente, como así el abuso indiscriminado de la medida cautelar, para dar respuesta a las demandas sociales de seguridad. 
Se señaló: “La mayoría de los sistema judiciales y penitenciarios de la región no generan la información mínima requerida para poder realizar un adecuado monitoreo de las personas sometidas a encarcelamiento y específicamente de los presos preventivos y que la falta de independencia judicial es otro de los factores que explican la abusiva aplicación de la prisión preventiva”.
Los relatores coincidieron en que “se viene generalizando la práctica abusiva para resolver uno de los más grandes problemas que tiene la región en materia penal y en materia penitenciaria, realmente el problema más grave que tiene la región es el uso abusivo, excesivo y arbitrario de la detención preventiva”.
Nuestro país y en especial nuestra provincia, están en condiciones de aportar un  sin fin de muestrarios al efecto, que justifican en plenitud las razones de un cambio inminente en materia procesal penal que la comunidad desde hace tiempo viene reclamando.
Desde la última década del siglo pasado a estos tiempos, parece haberse instaurado en nuestro medio un mal ejemplo de “dictadura judicial”, en que los magistrados, en especial los del fuero Penal, parecieran regocijarse al firmar la orden de detención compulsiva y arbitraria de quienes resultan sospechosos de ilícitos, cuando el ritual no prevé detención alguna.
Se aguardan cambios inmediatos que modernicen nuestro ordenamiento judicial, tan postergado y alicaído en estos tiempos de crispaciones y malos entendidos, de jueces desobedientes de la ley, por ende impunes y a posterior gratificados por los beneficios aportados.
Se necesitan hechos concretos que le devuelvan al justiciable la credibilidad en el valor Justicia, que se extravió entre tanto marasmo y desatino. Desde hace tiempo que se sabe que el fin no justifica los medios.
Reclamo internacional para que los Estados garanticen la libertad personal como regla general. 

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